El Comité Dominicano de Derechos Humanos hace un llamado a la Procuraduría General de la República, al Ministerio de Salud, a la sociedad civil, a los diputados, los legisladores, al Tribunal de Niños, Niñas y adolescentes, al Colegio Dominicano de Psicólogos para que se aboquen al conocimiento del Síndrome de Alineación parental, y sean tomadas acciones que prevengan y sancionen esta forma de maltrato psicológico infantil.
La vocera nacional del Comité Dominicano de Derechos Humanos, Rebeca Henríquez, preocupada por la niñez dominicana, ha evaluado el caso ocurrido en La Vega, donde la madre de una menor de 2 años, supuestamente para llamar la atención del padre, grabó un vídeo donde se observa ahorcando la infante.
Los niños no pueden ser tomados como un instrumento o arma para que un progenitor haga daño al otro progenitor.
El Síndrome de Alienación parental es una forma grave de maltrato infantil y debe ser enfrentado y sancionado con normas específicas para este problema. En la República Dominicana puede ser denunciado como un maltrato infantil psicológico que aparece tipificado en el Código Penal y en la Ley 136 – 03 de Niños, Niñas y Adolescentes. En algunos países la alienación parental tiene normas especiales y es considerada como una vulneración de los derechos de los menores de edad y es sancionada tanto en la vía civil, como en la vía penal.
Para el Comité Dominicano de Derechos Humanos resulta alarmante el aumento de los casos que nos llegan a diario donde los más afectados son los infantes.
El Síndrome no surge porque los padres quieran poner fin a su vida en común, sino porque hacen partícipes a sus hijos de los conflictos generados por la separación. El niño adopta como propias las descalificaciones hacia el padre alienado, y niega la influencia de otros en sus creencias.
Por tal razón es de sumo interés para los defensores de los derechos humanos que en nuestro país se produzca un proyecto de ley donde se sancione y sean sometidos a la acción de la justicia los padres o tutores que sean perpetradores de la Alienación Parental. De esta forma podríamos proteger jurídicamente el desarrollo en armonía de los niños niñas y adolescentes para que estos no sean afectados por las decisiones que tomen los padres y /o los tutores.
La Alienación Parental como enfermedad ha sido reconocida por la Organización Mundial de la Salud, en la Clasificación de enfermedades CIE -11, que entró en vigencia el primero de enero del 2022 y aparece regulado en el Código QE 52.0.
Fuente: Buscando la Noticias
Publicar un comentario